Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

 SINDICATO DE TRABAJADORES DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

 

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Titular de la Unidad de Transparencia del Sindicato: C. Alejandro Cruz Romero

Dirección: Nebraska 72, Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, C.P. 03810, Ciudad de México.

Teléfonos:  55 50 02 01 00 Exts. 1482 y 1488

Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

(Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016)
 

Visita las obligaciones de transparencia de:

Sindicato de Trabajadores del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México al SIPOT


ARTÍCULOS APLICABLES
Para ver el contenido de las Obligaciones de Transparencia del Sindicato del TCACDMX haga click en los siguientes enlaces.
 
 
 
 

 

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

 

Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, las autoridades administrativas y jurisdiccionales en materia laboral deberán poner a disposición del público de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, además de mantener actualizada y accesible, la siguiente información de los sindicatos:

 

Además de cumplir con lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes y en el Artículo anterior, los Sindicatos deberán poner a disposición de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, además de mantener actualizada y accesible la siguiente información:

 

Con objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el sujeto obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En su caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la última actualización por cada rubro. El Instituto de Transparencia de los sujetos obligados a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Título.