ORGANIGRAMA
La Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, en su artículo 36, menciona a los servidores públicos integrantes como sigue:
Artículo 36. El Tribunal tendrá los servidores públicos siguientes:
I. Magistrados de Sala Superior;II. Magistrados de Sala Ordinaria;
III. Secretarios Generales de Acuerdos;
IV. Secretario General de Acuerdos Adjunto de la Sección Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas;
V. Secretario General de Compilación y Difusión;
VI. Persona Titular de la Secretaria General de Atencion Ciudadana.
VII. Director General de Administración;
VIII. Secretarios de Estudio y Cuenta de la Sala Superior;
IX. Secretarios de Acuerdos de Salas Ordinarias;
X. Actuarios;XI. Oficiales Jurisdiccionales;
XII. Titular del Órgano Interno de Control;
XIII. Director del Instituto de Especialización en Justicia Administrativa de la Ciudad de México y
XIV. Los demás que con el carácter de mandos medios y superiores señale el Reglamento Interior del Tribunal y se encuentren previstos en el presupuesto autorizado.
Los servidores públicos a que se refieren las fracciones anteriores serán considerados personal de confianza.
El Tribunal contará además con el personal profesional, administrativo y técnico necesario para el desempeño de sus funciones, de conformidad con lo que establezca su presupuesto.
Sin embargo, tomando en consideración el Transitorio Cuarto de la Ley, que en su último párrafo establece:"El Reglamento Interior del Tribunal que se encuentre vigente a la entrada en vigor de la Ley, seguirá aplicándose en aquello que no se oponga a ésta, hasta que el Pleno General expida el nuevo Reglamento Interior de conformidad con lo previsto en este ordenamiento, lo cual deberá hacer en un plazo de noventa días a partir de la entrada en vigor de la Ley."