Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

ÓRGANO INTERNO DE CONTROL

DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES 

Uno de los mecanismos de prevención e instrumento de rendición de cuentas que regulan la función pública es la declaración patrimonial y de intereses que obliga a todas las personas servidoras públicas del Tribunal, a realizar un informe pormenorizado de su patrimonio. Tal obligación surge del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se reglamenta por Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México y demás disposiciones jurídicas aplicables.

La finalidad que persigue la presentación de la declaración patrimonial y de intereses, es que el Órgano Interno de Control del Tribunal, como autoridad competente en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, verifique entre otros aspectos la evolución del patrimonio de las personas servidoras públicas con el objeto de determinar la congruencia de los ingresos y egresos reportados, para así poder prevenir y detectar posibles casos de enriquecimiento inexplicable o injustificado.


El SIIP es el medio electrónico para el registro, captación y administración de las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses de las personas servidoras públicas del Tribunal, operado por su Órgano Interno de Control, y que se encuentra disponible los 365 días del año.

En su oportunidad, conforme a los lineamientos del Comité Coordinador del Sistema Nacional, la información del SIIP se integrará al Sistema Local de Información de la Ciudad de México, para que dicha información a su vez sea transmitida e integrada la Plataforma Digital Nacional[1].

 

[1] Artículos 49 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y 53 de la Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México.

 

Las normas aplicables a la declaración de situación patrimonial que presentan las personas servidoras públicas del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, son las siguientes:

 
 

c) Ley General de Responsabilidades Administrativas

d) Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México

 

 

 

 

 

PREGUNTAS FRECUENTES

Declaración Inicial 
01

¿En qué casos NO existe la obligación de presentar declaración inicial?

a) Cuando las personas servidoras públicas sean objeto de un cambio de puesto, de nivel, de funciones, de adscripción, tipo de designación o nombramiento al interior del Tribunal, debiendo presentar el aviso de cambio respectivo.

b) Cuando las personas servidoras públicas reingresen o sean recontratadas por el Tribunal y no hayan transcurrido más de sesenta días naturales.

c) Cuando las personas servidoras públicas reingresen al empleo, cargo o comisión con motivo del otorgamiento de una licencia con o sin goce de sueldo, deriven de una suspensión en sueldo y/o funciones, o sea resultado de una restitución de derechos como servidor público mediante resolución ejecutoriada firme, expedida por autoridad competente en el ejercicio de sus funciones. Ello siempre y cuando hayan presentado la declaración inicial con anterioridad.


02

En el apartado de ingresos del declarante, pareja y/o dependientes económicos ¿Cómo se deberán declarar los ingresos?

Para la declaración de inicio los ingresos a reportar son mensuales.

Es necesario capturar cantidades después de impuestos, sin comas, sin puntos, sin centavos y sin ceros a la izquierda, incluyendo bonos, compensaciones u otras prestaciones, se recomienda manifestar la cantidad que se encuentra en su recibo de nómina.


03

¿Debo declarar mis bienes muebles? ¿Cuáles?

Sólo para el caso de personas servidoras públicas con nivel de jefes de unidad departamental o superior, que utilizan el FORMATO EXTENDIDO, en el apartado “XII. Bienes muebles”.

Para la declaración de inicio, se debe reportar la situación de los bienes muebles del declarante, pareja y/o dependientes económicos, a la fecha de ingreso al empleo, cargo o comisión, considerando lo siguiente:

a) Menaje: Se deberán declarar los bienes que en conjunto representan una parte considerable del patrimonio del servidor público de acuerdo con su situación socioeconómica y que el monto de su valor comercial sea mayor a 1200 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a $115,464 (ciento quince mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.).*

b) Bienes individuales: Se deberán declarar los bienes muebles que en lo individual su valor comercial sea mayor a 1200 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a $115,464 (ciento quince mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.).*

* Cifra calculadas tomando en consideración el valor del UMA para el ejercicio correspondiente.

 

04

¿Debo declarar mi Afore y/o seguro de separación individualizado?

Sólo para el caso de personas servidoras públicas con nivel de jefes de unidad departamental o superior, que utilizan el FORMATO EXTENDIDO, conforme a lo siguiente:

a) El seguro de separación individualizado: en el apartado “VIII. Ingresos netos del Declarante, Pareja y/o dependientes económicos”, dentro del rubro de Otros ingresos del declarante, se deberá ingresar el monto neto de los rendimientos o ganancias que en su caso se hayan generado por esa actividad financiera, incorporando los datos relativos al tipo de instrumento que generó la ganancia o rendimiento.

b) La AFORE: en el apartado “XIII. Inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores/activos” deberá precisar el saldo y los demás datos requeridos respecto de tal inversión.

VIDEO TUTORIALES: PRESENTA TU DECLARACIÓN DE MODIFICACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES



 

Para aclarar cualquier duda con el llenado y la presentación de tu declaración dirígete al Órgano Interno de Control del Tribunal en días hábiles, de lunes a viernes:

Teléfono: 
(55) 50-02-01-00 extensiones 1422 y 3222

Dirección: Av. Coyoacán 1153, Piso 3, Col. Del Valle Centro, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03100

 

Adicionalmente, durante el mes mayo de cada ejercicio, en un horario de 9:30 a 15:30 horas, en el módulo ubicado en Avenida Insurgentes Sur 825, planta baja.

Aviso de Privacidad